VIOLENCIA VICARIA SERÁ TIPIFICADA COMO DELITO, CELEBRA SENADOR JOSÉ NARRO

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*La propuesta aprobada, detalló, se castigará este tipo de conducta con hasta cinco años de prisión, así como con la limitación de la patria protestad.

7 DE Diciembre, 2023

Destaca la participación de mujeres que luchan por vivir en un país en donde tengan una vida libre de violencia.

El senador José Narro Céspedes, del Grupo Parlamentario de Morena, celebró la aprobación en el Congreso de la Unión de la reforma para tipificar la violencia vicaria e incluir el delito en el Código Penal Federal.

“Hoy es de festejar este importante logro que se tiene gracias a la participación movilizada de cientos de colectivos y de mujeres que luchan por vivir en un país en donde tengan una vida libre de violencia”, expresó.

En conferencia de prensa, acompañado por integrantes de colectivas feministas, el legislador recordó que el pasado 29 de noviembre se aprobó este proyecto en la Cámara de Diputados, por lo que ahora sólo se espera su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Nuestro país, puntualizó, sigue dando pasos hacia adelante al tipificar, prevenir y sancionar la violencia machista. En ese sentido, destacó que la violencia vicaria se incorporará a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, al Código Civil Federal y al Código Penal Federal.

De acuerdo con la propuesta aprobada, detalló, se castigará este tipo de conducta con hasta cinco años de prisión, así como con la limitación de la patria protestad.

El senador detalló que la violencia vicaria es una expresión de la violencia de género, que busca ocasionar daño a través del uso de los hijos por parte de los progenitores. La mayoría de las víctimas, detalló, suelen ser mujeres violentadas por sus exparejas.

Narro Céspedes puntualizó que esta figura se define como cualquier acto u omisión que, con el objetivo de causar perjuicio o daño a las mujeres, se dirige contra sus hijas o hijos, familiares o personas allegadas.

Esto, agregó, ya sea que se tenga o se haya tenido relación de matrimonio o concubinato; o mantenga o se haya mantenido una relación de hecho con la persona agresora, incluso cuando no vivan en el mismo domicilio.

Para lo anterior, asentó, se especifica que se catalogará como conductas de violencia vicaria, cuando se amenaza con causar daño a las hijas e hijos; así como con ocultar, retener, o sustraer a hijas e hijos fuera de su domicilio o de su lugar habitual de residencia.

Además, explicó, cuando se utiliza a hijas e hijos para obtener información respecto de la madre; o se promueva, incite o fomenten actos de violencia física de los hijos en contra de la madre; o actos de violencia psicológica que descalifiquen la figura materna afectando el vínculo materno filial.

El senador Narro aseguró que la violencia sigue operando como parte de la cultura machista, por lo que es necesario trabajar para acabar con las prácticas que lastiman a la sociedad.

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