LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER: UNA EXPERIENCIA VIVIDA EN EL ÚLTIMO AÑO

* «No está mal que asociaciones como 50+1 publiquen un manifiesto, no está mal que se saquen la foto con el presidente municipal… lo que está mal es que en este gobierno estatal se encuentran cuatro mujeres de esa asociación, ahora ocupando cargos de primer nivel quienes tienen la oportunidad de INSTRUMENTAR POLÍTICAS PÙBLICAS para combatir las distintas violencias contra la mujer y no lo hagan»

Por: Raquel Farías Higareda

Aguascalientes, Ags. a 8 de marzo. 2023

El año pasado en el marco de la “Conmemoración del Día Internacional de la Mujer” escribí señalando que no había nada qué celebrar y lo sigo pensando y reafirmando, ya que paradójicamente en mi vida profesional, este último año, he tenido una cercana experiencia en visualizar la violencia contra la mujer en los siguientes tipos: violencia física, psicológica, violencia económica o patrimonial y por su ámbito sea este escolar, laboral, comunitario, familiar o de pareja, me siento obligada a mencionar que también a través de noticias, medios de comunicación u otros he constatado la doble moral que en materia de violencia viven día a día las mujeres, inclusive el doble discurso de las organizaciones civiles y/o los conocidos “colectivos”.

La presente colaboración inicia aportando la definición de cada una de las violencias de acuerdo al tipo y ámbito de violencia y posteriormente contaré (ejemplificaré) la experiencia que viví junto a esas mujeres ya sea en el espacio público o en el privado. Lo anterior tiene el único propósito de dimensionar y contribuir en el conocimiento sobre el tema deseando que al leer este artículo ninguna mujer se refleje en él.

He de comentar que omitiré hacer mención de los nombres de las mujeres violentadas y de los violentadores (hombres y mujeres) no por cobardía, sino por seguridad, porque ustedes saben que esos tipos de ignotos (as) no son de fiar, como dirían en mi serie preferida, “Mentes Criminales”.

La Ley General de Acceso de las mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), publicada el 1º. de febrero de 2007 en el diario Oficial de la Federación, tiene como objetivo garantizar la prevención, atención, sanción y erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida y promover su desarrollo integral y plena participación en todos los ámbitos de la vida. En la Ley se define como violencia contra las mujeres a “Cualquier acción u omisión, basada en su género, que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público”, iniciaré abordando:

Violencia física

Definición: Son las agresiones dirigidas a dañar o intentar dañar el cuerpo de la mujer, tales como empujones, jalones de pelo, golpes con la mano, el puño, patadas o golpes con algún objeto o arma punzocortante como cuchillo, navaja o arma de fuego. Así como intento de ahorcamiento o asfixia o amarrarlas (INEGI, 2016). La Ley vigente define este concepto en los siguientes términos: Es cualquier acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesiones ya sean internas, externas, o ambas (Congreso de la Unión, 2007)

Experiencia: Una mujer de 24 años de edad, vive con su pareja, en concubinato, desde hace 7 años en Rincón de Romos, Aguascalientes, él es adicto a sustancias tóxicas, ambos procrearon un hijo de 6 años. Durante el tiempo de vivir juntos, por el consumo de drogas de su pareja sentimental, la mujer ha sido víctima de la violencia familiar que se han traducido en golpes y visitas continuas al hospital, a pesar de su miedo solo en 2 ocasiones las ha denunciado ante la autoridad correspondiente, sin embargo, siempre regresa por miedo con su pareja. La madre de ella me solicitó orientación para apoyarla ya que tiene miedo de que un día su hija ya no esté con vida, hace tres meses su hija y nieto fueron recibidos nuevamente en el hogar materno donde vive con sus dos hijas una de 16 años y una de 10. Las tres acordaron brindarle toda la ayuda, de tal suerte que entró a trabajar y entre las tres cuidan al menor. El hombre intoxicado fue a “pedir perdón”, amenazándolas y haciendo escándalo a altas horas de la noche, además de presentar una denuncia el DIF argumentando abandono de hogar pidiendo la custodia del niño, según él. Orientamos a la mujer para que se acercara al Centro de Justicia para las Mujeres para que presentara la denuncia y fue asesorada muy bien en esta administración, con los antecedentes de violencia física, el menor quedó en la custodia de la madre, sin embargo, el padre del menor pidió ver al niño a la abuela y éste se llevó al menor a quien manipuló diciéndole que lo extrañaba y que él amaba a su madre, la mujer a pesar del riesgo que corre, regresó al hogar conyugal, no quiso tomar asesoría psicológica y decidió regresar con ese hombre. La abuela sufre por el riesgo que corre su hija y su nieto, sin embargo, ha tenido que ponderar la seguridad de ella y su familia por las amenazas vertidas hacia su persona, desafortunadamente las decisiones de su hija la pueden llevarla a ser una estadística más de feminicidio.

Violencia psicológica

Definición: Son formas de agresión que afectan el estado emocional o psicológico. Se considera como tal lo siguiente: insultos, amenazas, intimidaciones, humillaciones, indiferencia, omisiones, menosprecio, burlas, aislamiento, entre otras. Estos incidentes se captan a través de preguntas que aluden a: menosprecio, humillación, amenazas (directamente con algún arma o amenazas de muerte hacia ellas, a los niños o él mismo); irse de la casa, dañarlas, quitarles a los hijos o correrlas, hacerles sentir miedo, encerrarlas, ignorarlas, avergonzarlas, no tomarlas en cuenta; prohibirles salir o, que las visiten; poner a los hijos o parientes en su contra, vigilarlas o espiarlas, destruir, tirar o esconderles cosas personales o del hogar, dejarles de hablar, compararlas con otras mujeres; decirles que son feas o que los engañan, enojarse mucho porque no está listo (o como ellos quieren) el quehacer y la comida, y reprocharles por creer que no cumplen con sus obligaciones (INEGI, 2016).

Experiencia: Se trata una mujer de 37 años, empresaria, con dos hijos uno de 17 y una niña de 12 años, con una relación en concubinato de 19 años, oriunda de Zacatecas, llegó a Aguascalientes con la ilusión de formar una hermosa familia y ante todos así parecía, yo la conocí en 2015, todo parecía la familia perfecta y no fue hasta el año 2021 en que se me acercó para solicitarme ayuda, con ojos temerosos solo me dijo…”tengo qué hablar con usted”, pero sin que mi marido se dé cuenta… así pasaron un par de meses más y un día llegó al Despacho y me dijo, “necesito que me ayude”, ya no puedo seguir con mi marido, no tengo a nadie en Aguascalientes, tampoco cuento con mi familia en Zacatecas, mi madre piensa que yo debo soportar todo…mejor no le digo nada, me dijo. La mujer solo quería saber qué derechos le correspondían después de 19 años en concubinato, le asesoramos que el Código Civil del Estado de Aguascalientes reconoce como concubinato a la unión entre un hombre y una mujer libre de matrimonio, siempre que sin impedimentos legales para contraerlo, hagan vida en común como si estuvieren casados de manera pública y permanente por un periodo mínimo de dos años (Art. 313 Bis Código Civil del Estado de Aguascalientes), el concubinato genera a los concubinos derechos alimentarios, ya que al cesar la convivencia la concubina o el concubinario que carezca de ingresos o bienes suficientes para su sostenimiento tienen derecho a una pensión alimenticia por un tiempo igual al que haya durado el concubinato, independientemente de los demás derechos y obligaciones reconocidos por el propio código y otras leyes, por ejemplo el derecho a la salud, revisamos cómo podría demostrar el concubinato, pero què creen, no tenía testigos que pudieran ser testigos, no tenía ningún documento que acreditara que vivía en esa casa, su credencial de elector tenía la dirección de Zacatecas, porque él siempre le dijo, que era mejor así, no había una cuenta bancaria, un comprobante de teléfono o luz, quizá lo único era la Directora de la Escuela, tampoco tenía la constancia de concubinato que emite un Juez del Registro civil a fin de acreditar fehacientemente con documentos que viven juntos en un mínimo de dos años. El objetivo más importante para ella era no perder a sus dos hijos, ya que su pareja la violentaba psicológicamente con quitarle la custodia y acusarla por abandono de hogar, paradójico ella siempre trabajó con él en el negocio familiar, sin percibir sueldo alguno porque todo iba al pago de la hipoteca de la casa, pero que estaba a nombre de él, junto a la violencia psicológica vivida se sumaban los reclamos en lo referente al dinero; ser codo o tacaño con los aportes a la casa so pretexto de abonar al pago de la hipoteca, hogar común y para los hijos; no cumplir con darlo o amenazar con no aportarlo; desviar el sustento económico necesario para la casa, es lo que la ley tipifica como violencia patrimonial.

Sigamos en el contexto y en verdad deseo que no se refleje usted, la casa está ubicada en el sur de la ciudad, cercano al aeropuerto, donde no hay muchas fincas alrededor, no tenía acceso a amistad vecinal, tenía una camioneta que era para llevar y recoger a los niños de la escuela, los servicios y el suministro de gasolina eran realizados por su pareja, los problemas económicos que todos pasamos durante la pandemia afectó el negocio y los problemas se incrementaron llevándose al terreno personal. Al plantear la necesidad de buscar trabajo para poder ser independiente lo único que esta mujer encontró fue “si sales a buscar trabajo ya no regreses porque voy a cambiar la llave, y como no conoces a nadie, piénsalo”. Cuando me dijo eso, tomé una copia de mi juego de llaves de mi casa, le escribí la dirección y le dije… no se preocupe aquí tiene una casa, con sus limitaciones, pero es una casa que está a su disposición. Un amigo taxista fue por ella una mañana para acompañarla al Centro de Justicia para Mujeres, eran 8:15 de la mañana, pero no nos atendían porque “como era pandemia”, abrían hasta las 9:00… una vez que dieron las 9 horas pasamos, pero a mí no me dejaron acompañarla, esperé afuera como 30 minutos.

Cuando ella regresó me dijo que no iba a presentar denuncia porque le informaron en el Centro de Justicia para Mujeres que la denuncia iba a hacerse ante el Ministerio Público y que iba a ser detenido, ella dijo que no lo iba a denunciar por sus hijos, pues aunque la ha violentado, “nunca le alzó la mano y que sus hijos no se lo iban a perdonar…”, pasaron un par de meses más, a través del whatsapp le proporcionaba información sobre inteligencia emocional, su hijo estaba a favor del papá, la niña no, fue difícil para ella dejar al hijo con el padre, pero la necesidad de libertad ya era necesario, ella se fortaleció en cada libro, video, comentario sobre los distintos tipos de violencia que existen, eso le permitió por primera vez visibilizarse y entender que toda mujer merece ser feliz… un diciembre se armó de valor y le dijo a su madre que se regresaba a Zacatecas, no convencida la madre, pero sí su padrastro, le dijeron que un día iban a recogerla…ella rompió sus miedos, alistó su maleta y la de su hija y regresó a Zacatecas, su padrastro le dio trabajo en una peletería y ahora es una mujer libre, su hija tiene un mundo-vida sin violencia.

El padre (expareja) por supuesto, no aporta nada en la manutención de la niña, tantos años de trabajo tanto en lo familiar como en lo laboral sin recibir remuneración alguna, ya no tiene importancia… es libre… P.D. las personas que viven en concubinato por favor, facturen bienes a su nombre, guarden aportaciones que hagan en dinero, compras de súper, pago de colegiaturas, gasolina, contratos de renta, pagos de luz, agua, gas, pago de hipotecas…hagan amistades para que sirvan de testigos en una separación de concubinato, porque, si no… no podrán acreditar el concubinato y perderán todo lo construido durante años…

Violencia laboral.

Definición. La Organización Internacional del Trabajo (OIT) define el acoso laboral como “la acción verbal o psicológica de índole sistemática, repetida o persistente por la que, en el lugar de trabajo o en conexión con el trabajo, una persona o un grupo de personas hiere a una víctima, la humilla, ofende o amedrenta”. En México la Ley Federal del Trabajo artículo 3 Bis, hace referencia al hostigamiento y agrega otros elementos. A. Que el tipo de hostigamiento es vertical descendente en el ámbito laboral y b. que ese expresa en conductas verbales, físicas o ambas.

En estas definiciones encontramos que la causa principal de la violencia laboral corresponde a prácticas como el hostigamiento continuo, amenazas, exclusión e incluso daño físico, ésta puede provenir de un superior (a) o bien de los mismos compañeros (as).

Experiencia: Esta experiencia es del magisterio, un Director de una escuela secundaria técnica de un municipio del interior, que lleva en el encargo más de diez años, prepotente, “intocable”, se ha acostumbrado a atemorizar a maestros y trabajadores, en el caso que comentaré la violencia laboral es hacia una profesora, aunque este hombre no distingue género pues tengo conocimiento que es igual con los profesores hombres, bueno, regresando a mi experiencia con ese individuo le notificó a través de su secretaria sin la presencia del representante sindical asignado, un oficio de “exhorto” y “nota de extrañamiento”, por supuesto con copia para los funcionarios del Instituto, para causar miedo, pero si usted amable lector no sabe lo que para un servidor público de la Secretaría de Educación representa un oficio de “exhorto” o “mota de extrañamiento”, le comparto, según la Ley de Escalafón de la Secretaría de Educación Pública el académico no puede tener acceso a ninguna promoción, por tanto, la discrecionalidad que la ley de otorga a los “Directores”, violan los derechos de los profesores (as), ojalá que los legisladores (as) federales metan mano a la Ley para quitar esa discrecionalidad. Bien la profesora se acercó al Directivo para decirle que porqué era el oficio y el profesor sin mediar explicación le dijo que hiciera lo que quisiera y que topara donde topara. Pues bien me pidieron solventar este oficio que traía varias inconsistencias que dejarían sin efectos dicho oficio, por si ustedes no saben y son profesores, de conformidad a la Ley General de Condiciones de Trabajo de los Servidores Públicos de la Secretaría de Educación Pública, señala en su artículo 83 que el trabajador cuenta con diez días hábiles a partir de la notificación para que ocurra ese oficio ante la autoridad que lo emitió, para su mala suerte del Director, llegó a mis manos el caso, esta Maestra a quien respeto profundamente, ahora sí más allá de mis querencias, había comendado en casa hace más de un año y más de una ocasión ser hostigada psicológicamente, de ser discriminada, y ahora la afectaba patrimonialmente, pero claro el hombre acostumbrado a que nadie se defiende pensó que ella tampoco lo haría.

Un día antes de que se cumpliera el término de Ley se le hizo el escrito de contestación y el hombre no lo quiso recibir porque, según él, el procedimiento tiene que hacerse a través del representante sindical, mismo que por cierto no la acompañó cuando le fue entregado dicho oficio. En fin, el Director dijo que no lo iba a recibir hasta en tanto el del sindicato no lo recibiera, por lo que la profesora fue en busca de él y me pidieron no estar en la negociación, la cual consistía en que nos desistiéramos de ese oficio y que el sindicato mediaría con el Director para dejar sin efectos el oficio…yo le dije a mi representada que de ninguna manera accediera a eso porque ellos tenían que dejarlo sin efectos porque se demostró que no se incurrió en la falta que ellos señalaron, lo que yo no sabía es que el “Flamante Director” mandó llamar a tres personas que le proporcionaron información a la maestra y que él amenazó con despedirlos o ponerlos a disposición, además de decirle que “convenciera a la abogada, o sea yo, para que no presentara el escrito. Cuando se me informó por supuesto que no estuve de acuerdo, pero que respetaba la decisión de mi cliente, solicité que me entregara tanto el acuse como el original del escrito, el cual NUNCA ME ENTREGÓ ya que dijo que se lo daría a la Maestra, no les hago el cuento largo, la profesora no presentó el oficio ante las autoridades correspondientes, porque le ofrecieron dejar sin efecto el oficio y no ejercer ninguna acción administrativa contra sus compañeros.

Lo que este Director quiso evitar fue que las autoridades educativas locales y nacionales supieran del hostigamiento que ejerce entre la comunidad magisterial y educativa de la secundaria, secundaria que por cierto requiere de la pronta intervención de la autoridad educativa a fin de poner atención a los protocolos de prevención para un niño que ha sido amenazado por otro compañero con matarle, eso sí requiere de la intervención pronta y expedita del Director, no estar acosando a los maestros ni trabajadores.

La violencia laboral para los profesores es cotidiana, si eres profesor (a) y sufres una injusticia, no tengas miedo, la Ley protege a los servidores públicos…quítate el miedo no son intocables…

El doble discurso también es violencia contra la mujer cuando tienes acceso a un medio de comunicación, lo es más, qué mejor ejemplo podré compartir que el hecho que en la famosa “Mañanera”, el Presidente de México ha sido constante en hacer críticas fuertes sobre la labor de la Ministra Norma Lucía Piña Hernández, por cierto Primer Mujer Presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo de menos son las críticas que haga, lo demás es que el Presidente incite a los ciudadanos simpatizantes a él a que ataquen también a la Ministra tal es el caso identificado como “VicaPocnh”, que junto a la imagen de una bala y donde señalaba que era la “solución al problema” que representa la Ministra.

Afortunadamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuenta con una mujer inteligente, empoderada, sin compromisos políticos, firme en sus convicciones, tal como lo mencionó en su toma de protesta donde dijo: “Al ser la primera mujer que preside este máximo tribunal, represento también a las mujeres. Me siento acompañada, respaldada por todas ellas y nosotras. Me siento muy fuerte, porque sé que estamos todas aquí demostrando que sí podemos… nos esforzaremos todos los días por crear una sociedad más justa, más igualitaria, sin violencia para las mujeres”, yo le pediría al Presidente que se ponga mejor a trabajar como Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y no como conductor de realities.

Es también un doble discurso, por citar como mero ejemplo, las integrantes del colectivo en Aguascalientes 50+1, cuando se pronuncian en apoyo a compañeras que han sido agredidas tanto en los espacios públicos como en los privados, o donde señalan que “todas somos Diana, y somos todas las que día a día violentan, maltratan y asesinan…”, o que se tomen la foto con el Presidente Municipal para que les agradezcan “su participación activa para fortalecer programas de prevención de violencia hacia las mujeres y niñas” no está mal que publiquen un manifiesto, no está mal que se saquen la foto… lo que está mal es que en este gobierno estatal se encuentran cuatro mujeres de primer nivel que AHORA DEBEN INSTRUMENTAR POLÍTICAS PÙBLICAS para combatir las distintas violencias contra la mujer… yo deseo que una vez publicado el Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027 se plasmen las líneas de acción en esta materia y no que su trayecto por el Colectivo 50+1 haya sido solo para estar en una nómina de gobierno.

Por último, comento que para mí también es doble discurso el que un hombre periodista, político, funcionario público, o un ciudadano común, cuando se pronuncia defensor de los derechos y violencia contra la mujer, aquellos que hablan de la “admiración” que sienten por las mujeres quitan su verdadera máscara cuando en medios de comunicación o cualquier ámbito de la vida pública o privada, la denostan en su papel como profesional y como persona, la agreden emocionalmente, la hostigan cada que se encuentran en un restaurante o al estar frente a frente les dicen “improperios” o cuando la tratan de exhibir ante la ciudadanía como una delincuente…no crean que solo los hombres, lo peor es que entre mujeres tengamos el doble discurso y nos prestemos a ejercer violencia tanto psicológica como patrimonial al ejercer las funciones de administrativas que están en el área de finanzas y no les pagan a otras mujeres que prestan servicios como proveedoras de la administración pública o en el sector privado…no se dan cuenta hombres y mujeres que exigir el pago de un servicio no es un favor, se presta un servicio y la contraprestación es el pago. Tenemos que trabajar tanto para cambiar nuestros fetiches.

Me parece que tenemos que rendir tributo cada quien desde nuestra trinchera para hacer realidad el anhelo de los legisladores contenido en el Artículo 20 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia que señala que para cumplir con su obligación de garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, los tres órdenes de gobierno deben prevenir, atender, investigar, sancionar y reparar el daño que les inflige, ahí está la Ley…en mi cotidianidad yo intento aportar algo a la mujer que lo necesita, pro bono, a un año de distancia me sigo preguntando… ¿qué tenemos qué conmemorar este 8 de marzo?

ReferenciasCongreso de la Unión (2007). Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LGAMVLV.pdf Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html…

Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) (2016). Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH). Recuperado de https://www.inegi.org.mx/app/glosario/default.html?p=ENDIREH2016http://appweb.cndh.org.mx/biblioteca/archivos/pdfs/Acoso-Laboral-Mobbing.pdf

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.