ColumnasLOCALNacionalNOTAS DESTACADASpolítica

⚖️REFORMA A LA LEY DE AMPARO: EL ALCANCE DEL INTERÉS LEGÍTIMO, DEPENDERÁ DE LOS JUECES

🔹️Especialistas advierten que la modificación podría limitar el acceso a la justicia si se interpreta de manera restrictiva

Por: Redacción

La reciente reforma a la Ley de Amparo modificó la definición de interés legítimo, figura clave para que personas y organizaciones puedan impugnar actos de autoridad que afecten derechos humanos. Sin embargo, el impacto de este cambio dependerá de la forma en que los tribunales federales interpreten la nueva redacción, coincidió el analista jurídico Rafael Castellanos en un artículo publicado por Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI).

De acuerdo con Castellanos, la reforma no representa un retroceso automático, aunque sí plantea riesgos si las juezas y jueces adoptan criterios restrictivos al momento de resolver amparos. “Lo verdaderamente preocupante —advirtió— es que los cambios sean interpretados para negar el acceso a la justicia frente a actos u omisiones que afectan derechos de manera indirecta o colectiva”.

De la afectación directa al interés legítimo

Antes de la reforma constitucional de 2011, sólo podía promover un juicio de amparo quien acreditara un interés jurídico, es decir, una afectación directa y personal. Aquello excluía a personas u organizaciones cuyos derechos se vulneraban de forma indirecta, por ejemplo, en casos de impacto ambiental o presupuestal.

Con la reforma de 2011 surgió el concepto de interés legítimo, que amplió las posibilidades de defensa judicial al reconocer afectaciones reales, aunque no necesariamente directas. Esto permitió que colectivos ciudadanos o asociaciones civiles pudieran impugnar decisiones de gobierno que vulneraran derechos como la salud, el medio ambiente o la educación.

Uno de los precedentes más relevantes, recordó Castellanos, fue la jurisprudencia 33/2021 de la Suprema Corte, derivada de un amparo promovido por MCCI. En ese caso, la Corte reconoció que el denunciante de actos de corrupción tiene tanto interés legítimo como jurídico para recurrir la negativa de las autoridades a investigar.

De la propuesta restrictiva al texto final

La versión original del proyecto, presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum el 15 de septiembre, generó preocupación porque exigía demostrar una “lesión jurídica real, actual y directa”, lo que, en los hechos, habría cerrado la puerta a quienes enfrentan afectaciones colectivas o potenciales.

Tras un proceso de revisión legislativa, el Congreso ajustó el texto para incluir que la lesión puede ser individual o colectiva, pero sustituyó el término “afectación” por “lesión jurídica”, un cambio que, según el jurista, podría tener implicaciones importantes.

“Si la lesión jurídica se entiende sólo como un daño directo, el amparo volvería a limitarse al interés jurídico y quedarían fuera los casos de impacto colectivo. Pero si se interpreta de forma amplia y conforme a la Constitución, la reforma puede considerarse un avance”, explicó Castellanos.

El reto: interpretación y contexto político

El debate se da en un nuevo contexto para el Poder Judicial de la Federación, cuyos integrantes fueron electos en parte por voto popular. Este cambio, sumado a la creación del Tribunal de Disciplina Judicial, podría influir en la independencia de los jueces y en su manera de interpretar la ley.

Castellanos advierte que una lectura restrictiva del interés legítimo podría inhibir la participación ciudadana y poner en riesgo a denunciantes o activistas que, para acreditar un interés jurídico, tendrían que exponerse públicamente ante autoridades que no siempre garantizan su seguridad.

Conclusión

El futuro del juicio de amparo dependerá de la interpretación judicial. Si los tribunales actúan conforme al principio pro persona y al mandato constitucional de tutela judicial efectiva, la reforma podría fortalecer el acceso a la justicia. Pero si prevalece una visión cerrada del concepto de lesión jurídica, México podría enfrentar una regresión en la defensa de los derechos humanos.

“El amparo sólo puede cumplir su función si el Poder Judicial actúa con independencia e imparcialidad. El reto ahora está en sus manos”, concluyó Castellanos.

Información:MCCI

Justicia #México #LeydeAmparo

⚖️REFORMA A LA LEY DE AMPARO: EL ALCANCE DEL INTERÉS LEGÍTIMO, DEPENDERÁ DE LOS JUECES

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.