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🟪#IMPORTANTE CUÁNDO LA JUSTICIA MIRA A LAS PERIODISTAS: EL CASO DE MIRNA SUSANA QUE PUEDE CAMBIAR LA HISTORIA

🔹️La Suprema Corte de Justicia de la Nación tiene en sus manos la oportunidad de sentar un precedente histórico en la defensa de las mujeres periodistas frente al desplazamiento forzado, garantía de la libertad de expresión y derechos de la infancia, a partir del caso de Myrna Susana Gómez Vázquez, en un contexto donde la violencia ya no permite que la ley se interprete en abstracto.

🟪#IMPORTANTE CUÁNDO LA JUSTICIA MIRA A LAS PERIODISTAS: EL CASO DE MIRNA SUSANA QUE PUEDE CAMBIAR LA HISTORIA

Por:María Martínez
Ciudad de México, a 25 de Febrero, 2026

Por primera vez, el máximo tribunal del país discute de manera directa la protección integral de una mujer periodista en situación de desplazamiento forzado interno. No es un dato menor. Es, en realidad, un punto de inflexión en la forma en que el Estado mexicano puede —o no— responder ante la violencia que obliga a callar, huir y sobrevivir.

El pronunciamiento de Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC) tras la sesión pública del pasado martes 24 de febrero coloca el foco donde debe estar: en la vida, la seguridad y los derechos de la periodista Myrna Susana Gómez Vázquez y de sus hijas. El caso, identificado como el amparo en revisión 394/2025, fue discutido por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y terminó con el desechamiento del proyecto presentado por la ministra María Estela Ríos González, que proponía negar el amparo.

Cinco votos en contra bastaron para frenar una resolución que, de haberse aprobado, habría validado un plazo procesal de treinta días como razonable, aun frente a un contexto de violencia, desplazamiento y riesgo. La decisión de devolver el proyecto abre una puerta: la de repensar la justicia desde la realidad de quienes viven bajo amenaza.

La libertad de expresión no es abstracta

Durante la discusión, la ministra Yazmín Esquivel Mossa recordó algo esencial: ejercer el periodismo en México implica riesgos reales. Aunque votó a favor del proyecto, subrayó que la libertad de expresión y el derecho a la información son pilares que permiten el ejercicio de otros derechos y que el Estado no puede ignorar el contexto en el que trabajan las y los periodistas.

Esa afirmación, en un país marcado por la violencia contra la prensa, resuena como un recordatorio incómodo: la ley no puede analizarse en abstracto cuando las balas, las amenazas y el desplazamiento forman parte del escenario.

La perspectiva de género que cambia el enfoque.

El ministro presidente Hugo Aguilar Ortiz puso sobre la mesa una dimensión que durante años fue ignorada en decisiones judiciales: Myrna no es solo periodista, es también jefa de familia y madre de dos niñas. Esa doble condición revela las cargas adicionales que enfrentan las mujeres periodistas y obliga a mirar el caso más allá de la técnica jurídica.

La justicia con perspectiva de género no es un concepto retórico; es la posibilidad de entender cómo la violencia impacta de forma diferenciada y cómo las decisiones judiciales pueden agravar o aliviar esa realidad.

Las niñas en el centro de la decisión

La ministra Loretta Ortiz Ahlf y el ministro Irving Espinosa Betanzo llevaron la discusión a un punto crucial: las hijas de la periodista no son espectadoras, son víctimas directas del desplazamiento y la violencia.

Hablar del interés superior de la infancia implica garantizar estabilidad, educación, salud, vivienda y protección integral, pero también evitar la revictimización. En otras palabras, reconocer que cada resolución judicial tiene consecuencias concretas en la vida cotidiana de niñas y niños.

Interseccionalidad: entender la complejidad

El propio ministro presidente introdujo otro elemento clave: la interseccionalidad. Mujer, periodista, madre, desplazada y con afectaciones de salud. Cada uno de estos factores, por separado, implica vulnerabilidad; juntos configuran un escenario que exige respuestas diferenciadas del sistema de justicia.

Aquí radica uno de los puntos más relevantes del debate: la ley no puede aplicarse de forma rígida cuando la realidad es profundamente desigual.

Más que un expediente, un precedente

Para CIMAC, que el proyecto haya sido desechado es una señal positiva, pero insuficiente. La organización advierte que el seguimiento al caso será fundamental y exhorta a la Corte a emitir una nueva resolución con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interpretación conforme al principio pro persona.

El mensaje es claro: los plazos procesales no pueden convertirse en barreras cuando están en juego derechos fundamentales, especialmente en contextos de violencia estructural y desplazamiento forzado.

Lo que está en juego no es solo el resultado de un amparo. Es la definición de cómo el Estado protege —o falla en proteger— a quienes informan, a sus familias y, en este caso, a niñas que han tenido que crecer bajo la sombra de la violencia.

La resolución que finalmente adopte la Corte no solo cerrará un caso. Sentará un precedente histórico para la protección integral de mujeres periodistas y defensoras de derechos humanos, y marcará el rumbo de la justicia frente a la violencia que intenta silenciarlas.

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