🛑 #IMPORTANTE | REVÉS DE LA #SCJN AL CONGRESO DE AGUASCALIENTES: INVALIDA ARTÍCULOS CLAVE DE LA LEY DE DESAPARICIÓN DE PERSONAS
🔹 La SCJN otorgó la razón a la CNDH, que presentó una acción de inconstitucionalidad contra algunos artículos de la Ley para la Atención y Prevención de la Desaparición de Personas en Aguascalientes.

🔹 Los artículos invalidados establecían que leyes nacionales como la Ley General de Víctimas, el Código Nacional de Procedimientos Penales y tratados internacionales sólo podrían aplicarse de forma “supletoria”.
🔹 Además, se eliminaron secciones que regulaban aspectos procesales penales, al estar ya contemplados en leyes federales.
Por: María Martínez
Ciudad de México, a 29 de sep. de 2025.
La nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) da un revés a los legisladores de Aguascalientes al declarar inconstitucionales partes de la Ley para la Atención y Prevención de la Desaparición de Personas, que limitaban la aplicación de normas federales.
Los artículos invalidados establecían que leyes nacionales como la Ley General de Víctimas, el Código Nacional de Procedimientos Penales y tratados internacionales sólo podrían aplicarse de forma “supletoria” ante omisiones de la legislación local. Además, se eliminaron secciones que regulaban aspectos procesales penales, al estar ya contemplados en leyes federales.
La resolución se dio en el marco de la Acción de Inconstitucionalidad 54/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y fue resuelta en sesión de Pleno este lunes 29 de septiembre de 2025.
Con esta decisión, la SCJN reafirma la primacía de las normas federales en materia de derechos humanos, garantizando que las leyes locales no restrinjan su aplicación ni generen vacíos legales que afecten a las víctimas de desaparición forzada.


