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🗳#Elección ÓRGANOS PÚBLICOS PODRAN PROMOVER ELECCIÓN JUDICIAL: TRIFE REVOCA ACUERDO DE INE QUE PROHIBIA INTERVENCIÓN

🔹️La promoción debe ser genérica, sin mencionar partidos o candidatos. No se trata de influir en la intención del voto, sino de alentar la participación desde una lógica ciudadana”, señaló el magistrado Felipe de la Mata Pizaña
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🗳#Elección ÓRGANOS PÚBLICOS PODRAN PROMOVER ELECCIÓN JUDICIAL: TRIFE REVOCA ACUERDO DE INE QUE PROHIBIA INTERVENCIÓN

Por: María Martínez / Péndulo Informativo
Ciudad de México, a 9 de abril, 2025

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) autorizó que diversos órganos públicos puedan promover el voto de cara a la próxima elección judicial, siempre que lo hagan bajo lineamientos estrictos que aseguren imparcialidad y eviten el proselitismo.

La medida modifica un acuerdo previo del Instituto Nacional Electoral (INE), que antes tenía la exclusividad en esta tarea. Ahora, los poderes de la Unión, los poderes estatales —en elecciones judiciales locales—, los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLE) y personas servidoras públicas podrán participar en la promoción del voto.

“La promoción debe ser genérica, sin mencionar partidos o candidatos. No se trata de influir en la intención del voto, sino de alentar la participación desde una lógica ciudadana”, señaló el magistrado Felipe de la Mata Pizaña, a través de su blog oficial.

El acuerdo establece que está prohibida la propaganda personalizada, el uso de imágenes o símbolos que identifiquen a una candidatura, así como el uso de recursos públicos con fines proselitistas. Los partidos políticos quedan excluidos de cualquier actividad de promoción.

Tampoco se permite incluir logotipos o colores institucionales —salvo en el caso del INE y OPLE—, y en redes sociales o publicidad digital, los mensajes no deben revelar el órgano que los emite, con el objetivo de evitar sesgos.

“La ciudadanía tiene derecho a estar informada, pero también a que esa información no esté contaminada por intereses partidistas o personales”, advirtió De la Mata.

La base legal de esta decisión se encuentra en el artículo 134 de la Constitución y el artículo 506 de la Ley Electoral, que permiten la difusión institucional, siempre que no tenga fines partidistas.

Aunque las y los legisladores pueden sumarse a la promoción del voto, no deben utilizar recursos públicos para ello. Por otro lado, las personas candidatas en funciones no podrán participar en la propaganda institucional.

Con esta reforma, el TEPJF busca abrir el diálogo democrático desde lo institucional, sin comprometer la equidad de un proceso judicial que representa un nuevo modelo de participación ciudadana en el país.

TRIFE #Elección #México

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